Cancelar una factura del año pasado: plazo y multa

Equipo KeyA5 min de lectura

En este artículo
  1. Sí se puede, pero solo hasta el mes de tu declaración anual
  2. Si ya se te pasó: la multa y lo que viene con ella
  3. ¿Nota de crédito o cancelación?
  4. Cuatro casos resueltos
  5. Preguntas frecuentes

Sí se puede, pero solo hasta el mes de tu declaración anual

Una factura se puede cancelar después de que termina el año, pero no indefinidamente. El artículo 29-A del CFF pone el límite: a más tardar en el mes en que presentas la declaración anual del año en que la emitiste.

Factura emitida enPersona moralPersona física
202531 de marzo de 2026 (ya vencido)30 de abril de 2026 (ya vencido)
202631 de marzo de 202730 de abril de 2027

Si estás leyendo esto en la recta final del año, revisa ahora tus facturas de 2026: todavía estás en plazo y te sobra tiempo para conseguir la aceptación de tu cliente.

El portal del SAT a veces sí te deja cancelar después del plazo. Que el sistema lo permita no quiere decir que no haya multa.

Si ya se te pasó: la multa y lo que viene con ella

Cancelar fuera de plazo es una infracción (artículo 81, fracción XLVI del CFF). También lo es no cancelar una factura de ingresos que emitiste por error. En ambos casos la multa es del 5% al 10% del monto de cada factura (artículo 82, fracción XLII).

Monto de la facturaMulta mínima (5%)Multa máxima (10%)
$20,000$1,000$2,000
$100,000$5,000$10,000
$500,000$25,000$50,000

Además de la multa:

  • Tu ingreso del año pasado no cambia solo. Si ya presentaste la anual con esa factura incluida, cancelarla no corrige tu declaración: tendrías que presentar una complementaria.
  • Tu cliente pierde la deducción. Si la dedujo en su anual, la cancelación le descuadra a él también.
  • Llama la atención. Cancelaciones tardías y en volumen son de lo primero que cruzan los sistemas del SAT.

Antes de cancelar algo fuera de plazo, siéntate con tu contador. A veces la factura debe seguir vigente y lo que procede es otro comprobante.

¿Nota de crédito o cancelación?

Mucha gente intenta “cancelar” una factura vieja emitiendo una nota de crédito por el total. No funciona: el SAT es claro en que la nota de crédito no sustituye la cancelación de una factura de ingreso. La factura original sigue vigente y el ingreso sigue contando.

Usa cancelación cuando…Usa nota de crédito (CFDI de egreso) cuando…
La factura tiene datos equivocados: RFC, régimen, uso de CFDI, conceptosLa venta sí ocurrió y hubo una devolución de mercancía
La operación nunca se realizóDiste un descuento o bonificación después de facturar
La factura está duplicadaCobraste de más y regresas la diferencia
Estás dentro del plazoAplicas un anticipo ya facturado

La nota de crédito no tiene el plazo de la cancelación: se emite cuando ocurre la devolución o el descuento. Pero su efecto fiscal sí tiene reglas: si la emites en enero, puede aplicarse al año que cierra; si la emites de febrero en adelante, cuenta en el año en que la emites (artículo 31 del Reglamento de la Ley del ISR).

Cuatro casos resueltos

1. En noviembre descubres que una factura de marzo tiene el RFC del cliente mal. Estás en plazo. Emite la factura correcta con relación 04 y cancela la original con motivo 01. Avisa al cliente para que acepte. Ver cómo cancelar un CFDI.

2. En febrero de 2027 (eres persona física) te das cuenta de que una factura de octubre de 2026 está duplicada. Todavía estás en plazo: tienes hasta el 30 de abril de 2027. Cancela la copia con motivo 02 antes de presentar tu anual, para no declarar ese ingreso dos veces.

3. En junio de 2026 (persona moral) un cliente te regresa mercancía que le facturaste en 2025. No canceles: la venta sí ocurrió y además el plazo ya pasó. Emite una nota de crédito por la devolución, relacionada con la factura original. Su efecto cuenta en 2026.

4. En mayo de 2026 encuentras una factura de 2025 de un servicio que nunca prestaste. El plazo ya venció. No cancelarla también es infracción, y cancelarla tarde puede generar multa. Este es el caso de sentarse con el contador: probablemente toque cancelar asumiendo el riesgo de multa, corregir la anual con una complementaria y documentar bien el motivo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cancelar una factura de 2025? Solo si estás dentro del plazo: hasta el 31 de marzo de 2026 para personas morales y el 30 de abril de 2026 para personas físicas. A estas alturas, ambos ya vencieron.

¿Cuánto es la multa por cancelar fuera de plazo? Del 5% al 10% del monto de cada factura cancelada, según los artículos 81 y 82 del CFF.

¿Una nota de crédito por el total sirve para “cancelar” una factura? No. La nota de crédito es para devoluciones, descuentos y bonificaciones. La factura original sigue vigente.

¿Puedo emitir una nota de crédito sobre una factura del año pasado? Sí, si hubo una devolución o un descuento real. Si la emites en enero puede aplicarse al año que cierra; de febrero en adelante cuenta en el año en que la emites.

El portal del SAT me dejó cancelar fuera de plazo, ¿ya no hay multa? Que el sistema lo permita no elimina la infracción. La multa la determina el SAT en una revisión.