¿Qué régimen fiscal me corresponde? Guía SAT 2026

En este artículo
Tu régimen fiscal depende de cómo ganas tu dinero
El régimen fiscal es la casilla en la que el SAT te tiene registrado. De él depende cuánto ISR pagas, cada cuándo declaras, si cobras IVA y qué gastos puedes deducir. No lo eliges por gusto: lo determina el tipo de ingreso que tienes, si eres persona física o empresa, y cuánto facturas al año.
Y desde CFDI 4.0 importa todavía más: el régimen va dentro de cada factura. Si no coincide con el que el SAT tiene registrado, la factura se rechaza al timbrar.
¿Ya sabes tu clave y solo quieres el significado? Consulta el catálogo completo de regímenes fiscales del SAT, con los usos de CFDI que acepta cada uno.
¿Qué régimen te toca? La respuesta rápida
| Si tú… | Tu régimen suele ser | Clave |
|---|---|---|
| Tienes empleo y recibes recibo de nómina | Sueldos y salarios | 605 |
| Das servicios por tu cuenta o tienes un negocio, y facturas menos de $3.5 millones al año | Simplificado de Confianza (RESICO) | 626 |
| Das servicios o tienes negocio y facturas más de $3.5 millones, o tienes muchos gastos que deducir | Actividades empresariales y profesionales | 612 |
| Rentas una casa, departamento o local | Arrendamiento (o RESICO, si cumples requisitos) | 606 / 626 |
| Vendes o das servicios por Uber, DiDi, Rappi, Mercado Libre, Airbnb | Plataformas tecnológicas | 625 |
| Tienes una S.A. o S. de R.L. | General de ley personas morales (o RESICO PM) | 601 / 626 |
| Tienes una asociación civil o donataria | Personas morales con fines no lucrativos | 603 |
| Solo necesitas RFC para que te facturen | Sin obligaciones fiscales | 616 |
Puedes estar en más de uno a la vez. Por ejemplo: empleado (605) que además renta un departamento (606). Cada régimen tiene sus propias declaraciones, y en cada factura va el régimen de la operación que estás amparando.
Los regímenes que más se usan, explicados
605 – Sueldos y salarios
Para quien tiene patrón. La empresa te retiene el ISR y lo reporta en tu recibo de nómina; tú no facturas. Sí debes presentar declaración anual si ganaste más de $400,000 en el año, tuviste dos patrones o recibiste otros ingresos.
626 – RESICO personas físicas
El régimen de moda desde 2022. Pagas ISR de 1% a 2.5% sobre lo que cobras, sin deducir gastos. El tope es de $3.5 millones de ingresos al año. No puede entrar quien es socio de una empresa ni quien cobra asimilados a salarios.
Conviene cuando tus gastos son bajos: un consultor, un diseñador o un desarrollador independiente. Si tus gastos se comen buena parte de lo que cobras, revisa el 612.
612 – Actividades empresariales y profesionales
Para negocios y profesionistas que no caben o no les conviene RESICO. Pagas ISR con la tarifa progresiva (hasta 35%), pero sobre tu utilidad: puedes deducir renta, equipo, insumos y nómina. Declaras ISR e IVA cada mes y presentas anual en abril.
606 – Arrendamiento
Para quien renta inmuebles. Puedes deducir tus gastos reales o tomar la deducción ciega del 35% más el predial. Los pagos son mensuales; si solo tienes rentas y no pasas de 10 UMA al mes (unos $35,600 en 2026), puedes pagar cada trimestre. Si tu inquilino es empresa, te retiene 10% de ISR.
625 – Plataformas tecnológicas
Para quien vende o da servicios por apps. La plataforma te retiene ISR e IVA. Si tus ingresos por plataformas no pasan de $300,000 al año, esas retenciones pueden ser tu pago definitivo.
601 y 626 – Empresas
Una S.A. o S. de R.L. tributa en el 601, General de ley. Si todos sus socios son personas físicas y factura hasta $35 millones al año, puede tributar en RESICO personas morales, que en el CFDI usa la misma clave 626. La tasa sigue siendo 30%; la ventaja es que paga sobre lo efectivamente cobrado y deducido, no sobre lo facturado.
Ojo con 2027: hay una reforma en trámite que subiría el tope de RESICO a $5 millones para personas físicas y a $50 millones para empresas. Te lo explicamos en qué propone el RESICO 2027.
El régimen en tu factura: donde nacen los rechazos
Cada CFDI 4.0 lleva dos regímenes: el tuyo como emisor y el de tu cliente como receptor. El PAC valida tres cosas antes de timbrar:
- Que el régimen del receptor sea el que el SAT tiene registrado para ese RFC.
- Que el régimen corresponda al tipo de persona: un 612 no puede ir en una empresa, ni un 601 en una persona física.
- Que el uso de CFDI sea compatible con el régimen. Un empleado en 605 no puede recibir una factura con uso G03, gastos en general.
Si alguna falla, la factura no sale. El error clásico es capturar el régimen de memoria o porque “así lo traía la factura anterior”. La fuente correcta es la constancia de situación fiscal de tu cliente.
KeyA valida régimen, uso de CFDI y código postal contra los catálogos del SAT antes de timbrar, para que el rechazo no te agarre con el cliente enfrente. Conoce la facturación de KeyA. Y si tienes duda del uso, revisa el catálogo de usos de CFDI.
Cómo saber en qué régimen estás y cómo cambiarte
Para consultarlo: descarga tu constancia de situación fiscal en el portal del SAT con tu RFC y contraseña o e.firma. En el apartado “Regímenes” aparecen todos los que tienes activos, con su fecha de alta.
Para cambiarte: se hace con un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones en el portal del SAT. Antes de hacerlo:
- Revisa que cumples los requisitos del nuevo régimen: tope de ingresos, tipo de socios, actividad.
- Calcula si te conviene. Pasar de 612 a RESICO, por ejemplo, te baja la tasa pero te quita las deducciones.
- Avisa a tus clientes. Tu nuevo régimen debe ir en las facturas que emitas desde ese momento, y ellos deben actualizarlo en su sistema.
Un cambio de régimen tiene efectos en tus declaraciones del año. Si tienes dudas, platícalo con tu contador antes de presentar el aviso.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos regímenes fiscales hay en el catálogo del SAT para CFDI 4.0? 19 claves vigentes. Las más usadas son 605, 612, 626 y 606 en personas físicas, y 601 y 603 en empresas.
¿Qué régimen me conviene si soy freelance? Si facturas menos de $3.5 millones al año y tus gastos son bajos, casi siempre RESICO (626). Si tus gastos deducibles son altos, compara contra el 612.
¿Puedo tener dos regímenes al mismo tiempo? Sí. Es común ser empleado (605) y facturar por fuera (626 o 612), o rentar un inmueble (606). Cada uno se declara por separado.
¿El régimen 621 todavía existe? Sigue en el catálogo, pero ya no acepta altas nuevas. Era el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), reemplazado por RESICO.
¿Qué pasa si mi cliente me da un régimen equivocado? El PAC rechaza la factura al timbrar. Pídele su constancia de situación fiscal actualizada y captura los datos desde ahí.
¿RESICO aplica para empresas? Sí, si todos los socios son personas físicas y la empresa factura hasta $35 millones al año. En la factura se usa la clave 626.