Carta Porte 3.1: quién la necesita y qué pide

Actualizado el 12 de septiembre de 2026

La respuesta corta: si mueves mercancía por territorio nacional, el CFDI tiene que llevar el complemento Carta Porte. Aplica lo mismo si transportas lo tuyo que si le cobras a alguien por transportarlo — cambia el tipo de comprobante, no la obligación.

La versión vigente es la 3.1.

A quién le aplica

A dos figuras distintas, y conviene saber cuál eres porque el comprobante cambia:

  • Si transportas mercancía propia —de tu bodega a tu sucursal, o a la de tu cliente con tu propio camión— emites un CFDI de traslado, tipo T, con el complemento.
  • Si el transporte es tu servicio y le cobras a alguien por llevarlo, emites un CFDI de ingreso, tipo I, con el complemento.

En los dos casos el complemento es el mismo y la información que pide es la misma. Lo que cambia es si hay un importe que cobrar.

Qué información pide

Es el complemento más largo del CFDI 4.0, y por eso el que más se atora. Se arma de cuatro bloques:

Ubicaciones

De dónde sale y a dónde llega, con domicilio completo, fecha y hora de salida y de llegada estimada, y el RFC de quien entrega y de quien recibe. Cada ubicación lleva un identificador propio, y el del destino lleva además la distancia recorrida en kilómetros.

Mercancías

Qué se transporta, con su clave del SAT, cantidad, unidad, peso en kilogramos y —si aplica— si es material peligroso, con su clave y su tipo de embalaje. El peso bruto total tiene que cuadrar con la suma de lo que se declaró.

Autotransporte

El vehículo: configuración vehicular, placa, año modelo, el permiso de la SCT con su número, y las pólizas de seguro —la de responsabilidad civil y, si mueves material peligroso, la ambiental—. Los remolques van aparte, y cuántos admite el camión lo dice el propio catálogo del SAT según su configuración.

Figura del transporte

Quién lo maneja: el operador, con su RFC y su número de licencia. También pueden ir propietario, arrendatario o notificado, según el caso.

Lo que más rechaza el PAC

01
Los identificadores con el formato equivocado

Los de ubicación siguen un patrón fijo que el esquema del SAT valida carácter por carácter. Un dígito de más y el rechazo sólo dice que el valor no coincide con el patrón, sin explicar cuál era.

02
El peso que no cuadra

El peso bruto total tiene que ser la suma de las mercancías. Si se captura a mano en los dos lados, tarde o temprano no coincide.

03
El permiso de la SCT y las pólizas

Se capturan una vez por vehículo y se olvidan hasta que vencen. El rechazo llega el día que el camión ya salió.

04
La clave del SAT de la mercancía

El catálogo de productos y servicios para Carta Porte tiene sus propias reglas, y copiar la clave de la factura anterior no siempre aplica.

Qué cambió entre versiones

Carta Porte lleva varias versiones desde que se volvió obligatoria: 2.0, luego 3.0 y ahora 3.1. Cada una ajustó campos, catálogos y validaciones, con periodos de convivencia en los que las dos versiones se aceptaban.

Para quien factura, la consecuencia práctica es una: el sistema tiene que ir al día. Un sistema que se quedó en 3.0 deja de poder timbrar cuando termina la convivencia, y ahí es cuando aparece la «actualización» que se cobra aparte.

Las fechas de convivencia las publica el SAT y se han movido varias veces. Confirma con tu contador cuál es la versión exigible hoy antes de apoyarte en una fecha concreta.

Por qué importa hacerlo bien

La Carta Porte no es sólo un requisito de facturación: es el documento que ampara la mercancía en el camino. Un traslado sin ella, o con ella mal hecha, es un problema en la carretera, no en la oficina — y con una multa que no se arregla reexpidiendo el comprobante después.

Cómo se ve esto en KeyA

Los vehículos y los operadores se dan de alta una vez, con su permiso de la SCT y sus pólizas, y el sistema avisa antes de que venzan en lugar de dejarte enterarte al timbrar. Los identificadores y el peso bruto total se generan solos, que es donde se atoran la mitad de los rechazos.

Y las versiones nuevas del complemento van incluidas: cuando el SAT libera una, la adoptamos dentro del plazo de convivencia sin cobrarte una actualización.

Carta Porte incluida desde el plan gratuito, sin módulo aparte.

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene que emitir Carta Porte?

Quien mueva mercancía por territorio nacional, tanto si transporta lo suyo como si le cobra a alguien por transportarlo.

Si es mercancía propia, se emite un CFDI de traslado tipo T con el complemento; si el transporte es el servicio que vendes, un CFDI de ingreso tipo I con el mismo complemento. Cambia el tipo de comprobante, no la obligación.

¿Cuál es la versión vigente de Carta Porte?

La 3.1. El complemento ha pasado por varias versiones desde que se volvió obligatorio —2.0, 3.0 y ahora 3.1— y cada una ajustó campos, catálogos y validaciones, con periodos de convivencia.

Las fechas las publica el SAT y se han movido varias veces, así que confirma con tu contador cuál es exigible hoy.

¿Qué información pide el complemento Carta Porte?

Cuatro bloques: ubicaciones de origen y destino con domicilio, fechas y distancia recorrida; mercancías con clave del SAT, cantidad, unidad y peso; el vehículo con su configuración, placa, permiso de la SCT y pólizas de seguro; y la figura del transporte, que es quién lo maneja, con su RFC y su número de licencia.

¿Qué es lo que más rechaza el PAC en una Carta Porte?

Cuatro cosas, en orden: los identificadores de ubicación con el formato equivocado, porque el esquema del SAT los valida carácter por carácter; el peso bruto total que no cuadra con la suma de las mercancías; el permiso de la SCT o las pólizas vencidas, que se capturan una vez y se olvidan; y la clave del SAT de la mercancía, cuyo catálogo tiene sus propias reglas.

¿Necesito Carta Porte si llevo mi propia mercancía en mi camioneta?

Si el traslado es por territorio nacional, sí: se emite un CFDI de traslado con el complemento. La obligación no depende de que haya una venta de por medio, sino de que la mercancía se esté moviendo.

Hay supuestos y excepciones que conviene revisar con tu contador para tu caso concreto.

¿Qué pasa si transporto sin Carta Porte?

La Carta Porte es el documento que ampara la mercancía en el camino, no sólo un requisito de facturación. Un traslado sin ella, o con ella mal hecha, es un problema en la carretera — y con una multa que no se arregla reexpidiendo el comprobante después.

¿La Carta Porte se cobra aparte en los sistemas de facturación?

En buena parte de la competencia sí: es un módulo con su propio precio anual y su propio tope de comprobantes. Conviene revisarlo antes de comparar precios de lista, porque para quien transporta cambia por completo el costo real.

En KeyA va incluida desde el plan gratuito.

Esta guía explica el criterio general del complemento Carta Porte y no sustituye la asesoría de un contador. Las versiones, plazos de convivencia y supuestos de excepción los publica el SAT y han cambiado varias veces.