Cómo descargar tus facturas del SAT, emitidas y recibidas
Actualizado el 12 de septiembre de 2026
La respuesta corta: con tu e.firma le pides al SAT un periodo y te entrega todo lo que emitiste y todo lo que te facturaron, lo hayas timbrado donde lo hayas timbrado.
No es inmediato: el SAT recibe la solicitud, se toma de minutos a horas y deja
unos archivos .zip para recoger.
Para qué sirve de verdad
Descargar por descargar no sirve de nada. Lo que resuelve es el cierre de mes:
- Conciliar contra lo que existe, no contra lo que llegó por correo. Si un proveedor no te mandó su factura pero la emitió, ahí está.
- Enterarte de las cancelaciones. Una factura que ya dedujiste y que el proveedor canceló meses después aparece marcada. Sin esto, te enteras en la revisión.
- Ver lo que se emitió a tu nombre y no saliste tú. Puede ser un sistema anterior — o algo que hay que mirar de cerca.
- Migrar sin capturar. Si te cambias de sistema, tu historial fiscal no se queda en el anterior: está en el SAT.
Qué hace falta
Tu e.firma vigente: el .cer, el .key y la
contraseña. El CSD no sirve para esto —es el certificado para facturar— y la
diferencia está explicada en
CSD o e.firma, cuál necesitas y para qué.
Tiene sentido que pida la e.firma: el SAT no está entregando un sello, está entregando tu información, y para eso necesita saber que eres tú.
Dos formas de pedirlo, y cuál conviene
| Metadata | XML completos | |
|---|---|---|
| Qué trae | Un renglón por comprobante: UUID, fechas, RFC, total, estado | El archivo XML de cada comprobante |
| Para qué | Conciliar, revisar cancelaciones, cuadrar el mes | Contabilidad electrónica, entregarle al contador |
| Tamaño | Ligero | Pesado |
| Tiempo del SAT | Más rápido | Más lento |
Para el cierre de mes casi siempre basta la metadata. Los XML se piden cuando de verdad se necesitan los archivos, no «por si acaso».
Cómo es el trámite
Esto es lo que más sorprende la primera vez: no es una consulta, es un trámite con estados.
Se manda la solicitud
Le dices al SAT el periodo y si quieres lo emitido o lo recibido. Contesta con un folio, no con los datos.
El SAT la prepara
Tarda de minutos a horas, según el volumen. Hay que irle preguntando con el folio si ya está.
Se recogen los paquetes
Cuando termina, deja uno o varios .zip. Se bajan uno por
uno y se abren.
Los límites que conviene saber antes
- Hay un tope de comprobantes por solicitud. Si pides un periodo muy grande, el SAT lo corta — y lo corta después de aceptarlo, así que esperas horas para enterarte. Conviene pedir por meses.
- Hay un límite de solicitudes. El SAT restringe cuántas acepta por RFC, así que pedir un año en doce solicitudes de golpe puede toparlo.
- No hay nada anterior a 2011. Pedirlo no falla: acepta, tarda y devuelve vacío.
- Preguntar de más molesta. El SAT lleva la cuenta de las consultas de estatus y empieza a rechazar si se abusa.
Descargar del portal, una por una
El portal del SAT permite consultar y descargar comprobantes a mano. Funciona, y para quien necesita tres facturas está bien.
Para un cierre de mes con doscientos comprobantes, o para un despacho con treinta contribuyentes, es media jornada de trabajo repetido — y por eso casi nadie lo hace con la frecuencia que debería.
Cómo se ve esto en KeyA
Eliges el periodo y el sistema hace el trámite completo por su cuenta: manda la solicitud, le va preguntando al SAT, recoge los paquetes y los abre. Si el periodo abarca varios meses, lo parte solo — porque el SAT corta las solicitudes grandes después de aceptarlas.
Lo que queda es una lista que puedes filtrar y cruzar: qué está cancelado, qué proveedores ya facturaron y qué se emitió a tu nombre sin haber salido de aquí.
Incluido desde el plan gratuito. Tu e.firma se guarda cifrada y puedes quitarla cuando quieras.
Preguntas frecuentes
¿Cómo descargo mis facturas del SAT?
Con tu e.firma, a través del servicio de descarga masiva. Le pides al SAT un periodo y si quieres lo emitido o lo recibido; contesta con un folio, prepara la información durante minutos u horas y deja unos archivos .zip para recoger.
También puedes descargarlas una por una desde el portal del SAT, que funciona bien si son pocas.
¿Puedo descargar las facturas que me emitieron mis proveedores?
Sí. El servicio entrega tanto lo emitido como lo recibido a nombre de tu RFC, lo hayas timbrado donde lo hayas timbrado.
Es lo que permite conciliar contra lo que existe y no contra lo que llegó por correo, y ver qué proveedores ya facturaron y cuáles te deben la factura.
¿Necesito la e.firma o me sirve el CSD?
Necesitas la e.firma. El CSD sirve para timbrar y no para esto: el SAT no está entregando un sello, está entregando tu información, y para eso necesita saber que eres tú.
Es la razón por la que un sistema de facturación puede pedirte las dos cosas.
¿Cuánto tarda el SAT en entregar la descarga?
De minutos a horas, según el volumen del periodo. No es una consulta inmediata: el SAT recibe la solicitud, contesta con un folio y hay que irle preguntando si ya está.
Además lleva la cuenta de esas consultas y empieza a rechazar si se le pregunta demasiado seguido.
¿Qué diferencia hay entre pedir metadata y pedir los XML?
La metadata trae un renglón por comprobante —UUID, fechas, RFC, total y estado— y es lo que sirve para conciliar y revisar cancelaciones.
Los XML traen el archivo completo de cada comprobante, pesan mucho más y el SAT los entrega más lento. Para el cierre de mes casi siempre basta la metadata.
¿Puedo pedir un año completo de una sola vez?
Se puede intentar, pero conviene pedirlo por meses. El SAT tiene un tope de comprobantes por solicitud y corta las que lo rebasan — y lo hace después de haberlas aceptado, así que esperas horas para enterarte de que hay que partirla.
También hay un límite de solicitudes por RFC.
¿Sirve para migrar de sistema de facturación?
Sí, y es de los mejores usos. Tu historial fiscal no se queda en el sistema anterior: está en el SAT.
Con la descarga traes los periodos que necesites sin capturar nada y sin depender de que el proveedor anterior te entregue un respaldo.
Esta guía explica el criterio general del servicio de descarga masiva. El SAT ajusta sus límites sin mucho aviso; confirma los vigentes antes de apoyarte en ellos.